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¿Para qué sirven las zonas ATEX?

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¿Para qué sirven las zonas ATEX?

On junio 1, 2019, Posted by , In Atmósferas Explosivas, With No Comments

La respuesta es triple:

  1. Para eliminarlas si es posible de manera fiable.
  2. Para controlar y reducir sus tasas de escape.
  3. Para tomar decisiones técnicas y organizativas sobre la prevención y protección contra explosiones.

Así el correcto dimensionado de los emplazamientos en los que puedan producirse escapes de sustancias inflamables y determinar si esta substancia formará concentraciones dentro del intérvalo de explosividad, es decir, superior al límite inferior inflamabilidad y no el superior de inflamabilidad.

Una primera aproximación nos puede indicar la existencia de una zona, el siguiente paso es ver que actuaciones deben realizarse para reducir su extensión o incluso su eliminación, sólo una vez adoptadas todas las medidas técnicas y organizativas que eliminan las ATEX, se tomarán medidas especiales para proteger la seguridad de las personas y de las instalaciones.

Todas las sustancias inflamables o combustibles se consideran capaces de formar atmósferas explosivas para ello el análisis de sus propiedades puede determinar el alcance y las dimensiones de los emplazamientos con riesgo, y determinarán de las acciones técnicas u organizativas que puedan llevarse a cabo para que atmósferas explosivas sean inofensivas.

Estaremos de acuerdo en que la eliminación de ATEX debe ser la prioridad, por ello siempre se realizará un estudio preliminar de la planta por sus planos de diseño, tras el cual se realizaran las medidas que reduzcan la extensión de las preliminares para ello se debe realizar un estudio exhaustivo y consecuente análisis de la posibilidad de formación de atmósfera explosiva de acuerdo con las frecuencia de formación y así determinar las zonas.

Para ello se tiene que realizar un examen minucioso de cada equipo que forma parte del proceso que formen atmósferas explosivas, y que puedan ser una fuente de escape que pueda emitir a la atmosfera ambiente tales substancias.

Hay que tener en cuenta que según se indica en el real decreto 681/2003 (transposición de la Directiva Europea 1999/92/CE) los procesos industriales se deben diseñar para que los emplazamientos sean no peligrosos para los trabajadores o, en última instancia, zona 2 o zona 22. Por ello es una obligación legal desclasificar las zonas siguiendo una metodología y en el caso que sea inevitable un escape se debe intentar acotarlo a grado secundario y hacer que la cuantía del escape sea mínima

El criterio fundamental, si no se conoce un dato o valor específico, debe ser el de adoptar medidas de máximos en pro de obtener una mayor seguridad. Pero será nuestra obligación el determinar estos valores mediante ensayos o caracterizaciones de las sustancias presentes, con el fin de conseguir un análisis lo más real posible.

Entendemos que no por tratar una sustancia como si fuera más peligrosa de lo que es en realidad va a mejorar la seguridad, ya que seguramente estamos complicando la instalación a un nivel innecesario o incluso en algunos casos inviable.

No obstante para temas pasivos tales como la selección de equipos ATEX si podemos subir el nivel de riesgo voluntariamente a criterio, del usuario, teniendo en cuenta que los equipos ATEX deben revisarse periódicamente.

Es fundamental para poder llevar a cabo una clasificación de zonas conocer las diferentes características relevantes de cada sustancia:

Gases y vapores:

  • Densidad relativa al aire.
  • Punto de destello, para líquidos.
  • Límite inferior (LII) y superior (LSI) de inflamabilidad o explosividad.

Polvos y fibras:

  • Tamaño de partícula.
  • Humedad del polvo.
  • Temperatura mínima de inflamación en nube (TMIn) y capa (TMIc).
  • Resistividad

La clasificación de zonas se basa en determinar la presencia de fuentes de escape y en la probabilidad de que se puedan formar mezclas explosivas gas/aire o polvo/aire. Y también el grado de frecuencia en la que se pueden producir la formación de atmosferas explosivas, ya que el mismo proceso que se realice continuamente o que se realice esporádicamente puede dar lugar a zonas diferentes y en consecuencia a medidas diferentes.

Se tiene que evaluar la frecuencia, impacto y duración que puede tener un escape (continuo, primario y secundario). Teniendo en cuenta la tasa de escape, la concentración, la ventilación y otros factores que pueden afectar el resultado de la fuga describiendo el tipo y extensión de la zona tanto de atmósfera explosiva gaseosa o de polvo que se pueden llegar a provocar.

Cualquier modificación que se lleve a cabo en los equipos o los procesos que pueda afectar a la clasificación de zonas debiéndose revisar para asegurarse que no afecten a la seguridad de las personas y de las instalaciones y actuando en consecuencia.

Se debe asegurar que las operaciones habituales así como las de mantenimiento en las zonas con riesgo de atmósfera explosiva no modificarán ninguna condición de seguridad de los equipos ni menos de las instalaciones.

Para llevar a cabo una buena clasificación de en zonas ATEX hay que:

  1.  Identificar las diferentes fuentes de escape y evaluar la formación de estas.
  2. Condiciones de la fuente de escape y las medidas de reducción adoptadas.
  3. Debemos verificar si las fuentes de escape son evitables, fugas reparables, derrames no recogidos, etc… Según el decreto real 681/2003 se tiene que impedir la formación de atmosferas explosivas, es por eso que siempre se tiene que intentar neutralizar las zonas ATEX.

No se consideraran zonas Atex y por tanto se trataran como emplazamientos desclasificados:

Los almacenes de productos inflamables o combustibles debidamente envasados y en los que no se manipulan sus recipientes no deben considerarse zonas ATEX

Ya que no es normal que los recipientes pierdan la sustancia que contienen. Y si accidentalmente se vertiera el contenido de uno de ellos debe existir un protocolo de recogida y eliminación.


Zonas de carga y descarga de camiones y trasiego de sustancias:

Las descargas de cisternas se realizan mediante protocolos específicos y con control de las fuentes de ignición, si bien durante la descarga pueden aparecer zonas ATEX, una vez finalizada la misma no deben quedar sustancias en concentraciones peligrosas ya que no es normal que se den derrames y no se recojan, existen protocolos de recogida de derrames he incluso materiales absorbentes.


Las bridas no gotean, ni fugan.

Las uniones de tuberías se hacen con bridas, roscas o con clamp y juntas de estanqueidad, por ello si hay perdidas de fluido se trata de una avería y esta debe repararse, lo normal es que no fuguen, cuando se trata de gases a alta presión las tasas de escape “aceptables” son compensadas por disponibilidad de la ventilación que otorga una dilución segura, y siempre se trata de pequeñas cantidades.


Donde hay emisiones de polvo y se dota de una aspiración correcta.

El polvo debe desaparecer, por ello las instalaciones no deben funcionar si la aspiración no funciona.

Ya que no es normal que los filtros no capten, si no filtran correctamente no podremos desclasificar, y seguramente los trabajadores estarán expuestos a concentraciones de polvo superiores a las permitidas, por ello es una situación anormal.


Las tareas de mantenimiento habitual van dirigidas al buen funcionamiento de la instalación, tanto desde el punto de vista de la seguridad como de la productividad:

“Sustancia que se sale del proceso genera un coste de limpieza, incluso de gestión de residuo y que la sustancia que sigue su curso en el proceso o bien se vende o se emplea para lo que se adquirió y por tanto genera un beneficio”.

Muchas sustancias son perjudiciales para la salud de los trabajadores por lo que desde el punto de vista de vigilancia de la salud, muchas zonas ATEX implicarían un riesgo, que no se da, si nos fijamos en el LII de las sustancias veremos que los trabajadores no pueden estar expuestos ni por cortos periodos a estas.

En definitiva las zonas ATEX se limitaran, en la mayoría de instalaciones al interior de los equipos de proceso y en algunos casos tendremos pequeñas extensiones fuera del mismo.

Una vez tenido en cuenta todas estas reducciones y aun así haya una zona con peligro ATEX, se determinará la extensión de la misma.

Normas para clasificación de emplazamientos con riesgo de incendio o explosión

Genéricas:

  • UNE-EN-60079-10-2016. Atmósferas explosivas. Parte 10-1: Clasificación de emplazamientos. Atmósferas explosivas gaseosas.
  • UNE-EN-60079-10-2 2016 “Atmósferas explosivas. Parte 10-2: Clasificación de emplazamientos. Atmósferas explosivas de polvo”
  • UNE-EN-202007-2006IN Guía de aplicación de la norma UNE-EN-60079-10. Material eléctrico para atmósferas de gases explosivos. Clasificación de emplazamientos peligrosos.

Específicas:

  • UNE-EN-60601:2006. Salas de máquinas y equipos autónomos de generación de calor o frio o para cogeneración que utilizan combustibles gaseosos. GAS NATURAL. En su anexo A da indicaciones sobre ventilación a efectos de reducir las zonas ATEX.
  • UNE-EN-60601:2013. Salas de máquinas y equipos autónomos de generación de calor o frio o para cogeneración que utilizan combustibles gaseosos. GAS NATURAL. Determina la desclasificación por uso de detectores y corte suministro instalación.
  • Reglamento Técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos 8919/2006 GAS NATURAL. En su instrucción IGC-07 remite a UNE-60601.
  • UNE-EN-50272-3. Requisitos de seguridad para las beterías e instalaciones de baterías. Parte 3. Baterías de tracción. HIDROGENO. En su apartado 6 da indicaciones de cómo se debe clasificar, yo interpreto un grado de escape primario (solo emite durante la carga) un grupo de gas IIC una temperatura Superficial T 3 (independientemente que el H2 sea T 1) y una distancia de 0,5 metros alrededor de la batería durante el proceso de carga.
  • APQ-1. Almacenamiento de productos químicos. Remite al Reglamento de Baja Tensión con lo cual son de aplicación UNE-EN-60079-10-1 y UNE-600679-10-2.
  • IP-03 e IP-04. Instalaciones de suministro de gasolina o gasoil. Remite al Reglamento de Baja Tensión con lo cual son de aplicación UNE-EN-60079-10-1.
  • Reglamento de seguridad frigorífica. AMONIACO para refrigeración. En su IF-12 apartado 3.4.2 determina que el amoniaco no clasifica y obliga a ventilación, detección y equipos de extracción con modo de protección para zona 1 IIA T 1, cuando se alcanza la concentración regulada. En IF-07 apartado 5, se establecen los requisitos de ventilación.

Ofrecido por ATEXPREVEN

Autor Xavier de Gea


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